La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó la prohibición de elaborar, distribuir y comercializar comida chatarra en todas las escuelas de México, extendiendo esta medida también a las universidades y a otras instituciones que forman parte del Sistema Educativo Nacional.
De manera unánime, el Pleno de la Corte desestimó los argumentos presentados por una empresa que impugnó estas restricciones, argumentando que las normas están orientadas a proteger el derecho a la salud y a asegurar una alimentación adecuada dentro de los centros educativos.
En la resolución del amparo en revisión 127/2026, las y los ministros concluyeron que las instituciones de educación superior también deben observar estas disposiciones, incluso cuando los estudiantes sean adultos.
La sentencia establece que el Estado mexicano tiene la facultad de regular los alimentos y bebidas que se ofrecen dentro de los planteles escolares, con el fin de promover hábitos alimenticios saludables y contribuir a la lucha contra problemas de salud pública, como el sobrepeso y la obesidad.
Además, la resolución rechazó los argumentos relacionados con la libertad de comercio y el libre desarrollo de la personalidad, considerando que la regulación se limita a los espacios educativos y busca un objetivo de interés público.
No obstante, esta medida no implica que la venta o el consumo de estos productos estén prohibidos a nivel nacional. Las restricciones aplican únicamente dentro de las escuelas, por lo que las empresas pueden seguir comercializando sus productos fuera de los planteles, conforme a la normatividad vigente.
Con esta decisión, la SCJN apoya los lineamientos que pretenden transformar los entornos escolares en espacios que fomenten una alimentación más saludable, desde la educación básica hasta la educación universitaria.



